La Paz, 13 de mayo (El Nuevo Cambio).- El equipo jurídico del expresidente del Estado Plurinacional, Evo Morales Ayma, denunció y expuso una serie de irregularidades en el proceso que se ventila en Tarija, por un supuesto caso de trata y calificó ese juicio como político.
Según los abogados, el juicio oral contra Morales por el supuesto delito de trata agravado de personas ante el Tribunal de Sentencia Penal 1° de Tarija presenta un conjunto grave y sistemático de irregularidades procesales que, analizadas en su totalidad, configuran nulidades absolutas según el Código de Procedimiento Penal boliviano y vulneran derechos humanos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Estado.
Dicen que en primer lugar, se violó el derecho a la defensa mediante una notificación defectuosa; a pesar de que el domicilio de Evo Morales en el Trópico de Cochabamba es de conocimiento público, se le notificó por edicto judicial, una figura excepcional que solo procede cuando se ignora el paradero del imputado.
Agrega que esta irregularidad impidió que pudiera defenderse conforme a la normativa nacional, generando un estado de indefensión material que, según doctrina constitucional y jurisprudencia interamericana, constituye causal de nulidad procesal.
“Esta falta de garantías básicas se agrava con la violación al principio «non bis in idem». Los hechos imputados corresponden a sucesos de 2015 que ya habían sido investigados y sobreseídos de manera firme”, dicen al señalar que reabrir el caso sin nuevos elementos probatorios contraviene el artículo 117 de la CPE, el artículo 181 del CPP y el principio de cosa juzgada, creando una doble persecución penal por los mismos hechos que afecta la seguridad jurídica.
Los abogados explicaron que adicionalmente, el tribunal impulsó una aceleración indebida del proceso. Fijó la audiencia de apertura para el 11 de mayo de 2026 sin conceder a la defensa un plazo razonable ni acceso completo al expediente, que contiene más de 170 elementos de prueba.
Dijeron que esta restricción viola el derecho a contar con el tiempo y los medios adecuados para preparar la defensa, principio básico del debido proceso reconocido tanto en la Constitución boliviana como en la Convención Americana de Derechos Humanos.
Sostienen que el elemento más contundente es la declaración expresa de la presunta víctima, Cindy Saraí Vargas Pozo, identificada por la Fiscalía como la persona afectada, quien presentó un memorial formal en el que afirma categóricamente que “no es víctima, no existió hecho, como tampoco existió explotación”.
“Al negar la existencia misma del delito, desaparece el elemento objetivo del tipo penal de trata de personas, que requiere una víctima real y conductas concretas de explotación”, añade.
Afirman que, además Vargas denunció que no fue debidamente notificada y que instituciones como el Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (SEPDAVI) y la Defensoría del Pueblo actuaron en su nombre sin autorización, violando su propio derecho a la defensa y a elegir defensor.



